El CODIGO NACIONAL DE TRANSITO (Ley 769 de 2002) dice: ARTICULO 6.PARÁGRAFO 3o. Los gobernadores y los alcaldes, las Asambleas Departamentales y los Concejos Municipales, NO PODRAN, EN NINGUN CASO, DICTAR NORMAS DE TRANSITO DE CARACTER PERMANENTE, que impliquen adiciones o modificaciones al código de tránsito. Texto subrayado declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-568 de 2003 Eso significa que los Alcaldes no pueden imponer restricciones de manera permanente. Esa es una facultad reservada al congreso de la Republica. En caso de que desacaten dicha norma se les puede demandar y/o entablar una acción de cumplimiento. Por otro lado también esta la herramienta constitucional de la TUTELA para los casos en los que se vean afectados los derechos fundamentales al trabajo y a circular libremente por todo el territorio nacional. Para montar una tutela simplemente se debe ir a la Personeria de Medellin PISO 10 de la Alcaldia y alla te la tramitan gratis.
NO MAS ROBO DE MOTOS: Grupo de motociclistas creado el 17 de enero de 2011 para luchar contra el robo de motos. NO MAS RESTRICCIONES: Grupo de moteros creado en Medellin el 20 de Marzo de 2013 para luchar contra las restricciones a los motociclistas.
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jueves, 25 de abril de 2013
ARBITRARIEDAD
Las normas jurídicas básicamente hacen 4 cosas: Obligan, Prohíben, Permiten y Castigan. Obviamente la restricción al parrillero hombre es una norma de tipo Prohibitiva. Las normas de este tipo deben estar MOTIVADAS. Eso significa que la administración municipal debe tener argumentos sólidos para justificarla. Pero en síntesis, todas las normas de este tipo giran alrededor del concepto de LIBERTAD y el FIN. O sea, hasta que punto se va a restringir la libertad para conseguir un fin determinado. Pero para eso es necesario establecer una relación causal que determine fácticamente que al restringir la libertad con determinada medida efectivamente se consigue el fin propuesto, pero, que además, no existe otra medida mediante la cual se obtengan los mismos fines pero con menor restricción a la libertad. Lo anterior se llama PONDERACIÓN. Vemos como efectivamente la Alcaldía de Medellin junto con los demás municipios del área metropolitana no han tenido en cuenta los mas mínimos conceptos del derecho a la hora de imponer esta medida. A eso se le llama ARBITRARIEDAD.
MAS ALLA DE LAS RESTRICCIONES
Las medidas restrictivas de transito no pueden tener vigencia superior a un año pues solamente corresponde al congreso de la república prescribir normas de carácter permanente. De acuerdo a esto, si se parte de la (falsa) premisa de que la restricción al "parrillero" o acompañante hombre es la solución a la criminalidad ¿que ocurrirá después de que transcurra un año? También se debe tener en cuenta de que el estado no debe prescribir normas guiadas por lo que se llama "filosofía del narcotraficante" personificada en la persona de Pablo Escobar quien decía: "Prefiero que mueran 1.000 inocentes y no que se escape un culpable". En el caso concreto que nos acomete nos cabe preguntarnos ¿cuantos de los 700 motociclistas con acompañante (1.400 personas) acreedores a un comparendo por este tipo de medida eran realmente delincuentes? Mirándolo desde un punto de vista optimista supongamos que de los 700 motociclistas con acompañante 70 (10%)hubieran sido efectivamente delincuentes. Es entonces donde cabe otra pregunta ¿se justifica que el 90% de la población tenga el mismo castigo que merece un 10%? Este solamente es un ejemplo y obviamente sabemos que los porcentajes en realidad son de alrededor de 99 a 1. También se debe tener en cuenta el principio de proporcionalidad que dice que se deben aplicar normas que restrinjan en la menor medida de lo posible pero que cumplan con el fin perseguido. De acuerdo a esto, al implantar la restricción al parrillero ¿cual era la meta porcentual en cuanto a reducción de criminalidad? ¿se consiguió dicha meta? ¿existía otra medida que restringiera menos el principio de libertad pero que cumpliera el mismo fin? De acuerdo a las anteriores premisas se puede fácilmente llegar a la conclusión de que dicha medida es desproporcionada (jurídicamente hablando). Otro punto importante es que, según los mas respetados juristas del siglo XX, el estado no debe tomar decisiones partiendo del concepto de "hombre malo" sino del "hombre bueno" (lo cual estaría consagrado de manera expresa en el articulo 83 de la CPC que habla sobre la "buena fe"). ¿Hasta que extremos se llegara si se parte de la presunción de que todos somos terroristas en potencia y que el estado debe actuar en base a tal premisa? Si se partiera del concepto de "hombre bueno" la medida proporcionada mas idónea para combatir la criminalidad sería, entre otras, el aumento del píe de fuerza, pues ya no se vería al motociclista que va con un acompañante hombre como un posible terrorista sino por el contrario, como a un ciudadano que hay que proteger (de acuerdo a los principios constitucionales de los fines del estado). Todo lo anterior sin mencionar lo que ya se ha dicho sobre el tema: ¿que pasa entonces con los otros medios de transporte que se utilizan para cometer delitos (se prohibiría entonces los automóviles con pasajero)? ¿el problema es el medio de transporte usado o la delincuencia "per se"? Basados en el principio constitucional de que los ciudadanos tienen derecho a participar y conocer sobre las desiciones tomadas por el estado que los afectan ¿por que la secretaria de seguridad en cabeza del doctor Eduardo Rojas no publica los estudios en los cuales se baso su despacho para justificar dicha medida? ¿se tuvo un dialogo previo con los receptores de la medida para examinar los intereses y bienes jurídicos que se verían afectados? El debate queda abierto y nuestro gremio evaluará posibles acciones jurídicas, diplomáticas y de hecho que permitan que realmente prevalezca el interés general y se consigan proteger los bienes jurídicos con las medidas mas idóneas pero menos invasivas de la libertad.
SISTEMA INTELIGENTE DE SEGURIDAD (SIS)
PROPUESTA INTEGRAL DE SEGURIDAD
Por: Mauricio Flórez
Derecho UdeA
mauriciocorreo@yahoo.es
Así como existe un Sistema Inteligente de Movilidad al cual se le destinaron 64.000 millones de pesos y que consiste en: fotodetecciones, paneles informativos, optimización de semáforos, gestión de flota, circuito cerrado de televisión, software gestor y web 2.0, igualmente, debería existir una estrategia similar pero relacionada con el tema de la seguridad. Es así como a continuación surge una propuesta en dicho sentido.
CAMARAS: Las cámaras de “fotodetección” deben utilizarse, además, para fines de seguridad. Deben aumentarse el número cámaras de Metro Seguridad. Estas deben funcionar adecuadamente y tener personal de la Policía monitoreándolas permanentemente. Por otro lado, la información obtenida por las mismas debe ser de dominio público permitiendo a cualquier ciudadano acceder a ella a través de internet.
CUADRANTES: Se debe informar a los ciudadanos casa por casa el número del cuadrante de su sector. También se debe invitar a las personas que tienen Smartphone con sistema operativo Android para que bajen la aplicación Cuadrantes a su celular la cual, con una sola llamada, llama de manera automática al número de cuadrante del sector donde la persona este ubicada.
PIE DE FUERZA: Se debe aumentar el número de Policías y distribuirlos estratégicamente en los puntos más críticos. Se debe aumentar la edad de incorporación desde los actuales 26 hasta los 30 o 32 años.
ALARMAS: En las zonas comerciales y de alta incidencia de la delincuencia se deben tener alarmas comunitarias pero, dándole interruptores a los potencialmente más afectados permitiendo que estos la activen en cuanto sea necesario. Así, todos los dueños de establecimientos comerciales tendrían la posibilidad de alertar a sus vecinos en caso de alguna eventualidad.
CONTROL ENTRADAS Y SALIDAS DE BARRIOS: Deben implantarse mecanismos que permitan controlar (sin restringir las libertades individuales) las entradas y salidas de algunos de los barrios con mayor incidencia de la delincuencia, ya sea mediante retenes permanentes, porterías, cámaras u otros.
INTELIGENCIA – CONTRAINTELIGENCIA: Se deben reforzar las estrategias de inteligencia de la Policía para lograr infiltrar y combatir todo tipo de delincuencia desde adentro. Igualmente, se debe crear un grupo especializado independiente que investigue los posibles casos de corrupción que se puedan dar al interior de la Policía.
RETENES: Se deben hacer retenes no solo en lugares de alto flujo vehicular sino además en la periferia y focos de delincuencia.
CAMPAÑAS: Se debe difundir estas estrategias de seguridad mediante conferencias y campañas masivas e intensas a través de los medios de comunicación.
ESTUDIOS: La administración municipal debe contratar expertos nacionales e internacionales en materia de seguridad que asesoren a nuestros gobernantes en cuanto a la aplicación de estrategias efectivas contra la delincuencia. Igualmente, las universidades deben aportar su conocimiento haciendo investigaciones y estudios al respecto. Toda la información recolectada por estos medios debe ser de dominio público.
CENTRO DE RECEPCIÓN DE INFORMACION: Se debe crear un centro de recepción de información diferente a las inspecciones de Policía en donde cualquier ciudadano pueda brindar información a las autoridades ya sea de manera directa o anónima. Se debe garantizar la discreción, reserva y protección de la identidad.
REDADAS PERMANENTES: En cada comuna debe existir un grupo de por lo menos 20 Policías dedicados permanentemente a realizar requisas y revisión de antecedentes en los diferentes barrios que les correspondan.
INVERSION SOCIAL: Se deben brindar oportunidades de reinserción social a aquellas personas que quieran abandonar la delincuencia lo cual se vería traducido en becas para estudiar, subsidios de autosostenimiento, capacitación y oportunidades de empleo directas con la administración haciendo que la ciudadanía haga parte de la mano de obra requerida para los proyectos de construcción de las grandes obras públicas de la ciudad. Por otro lado, se debe combatir la indigencia creando albergues para los habitantes de la calle, acogiendo a los niños en situación vulnerable y gestionando las ayudas necesarias dispuestas por el gobierno para la población desplazada.
INFORMANTES: Cualquier ciudadano debería tener la posibilidad de hacer parte de la red de informantes de la Policía sin perjuicio de la exigencia del cumplimiento de determinados requisitos.
CUERPOS ESPECIALIZADOS: Se deben crear cuerpos especializados tanto de carácter civil como policial que se encarguen de combatir el delito en cada una de sus áreas correspondientes. Así existirá un cuerpo especializado para combatir el hurto de motocicletas, para los automóviles, el atraco, la extorsión, las plazas de vicio, etc.
DETECTORES DE DISPAROS: Es necesario que se instalen en las zonas donde mas se presenten delitos de alto impacto, en especial homicidios, dispositivos tecnológicos que detecten el sonido de los disparos con arma de fuego y den aviso inmediato a la Policía.
DETECTORES DE DISPAROS: Es necesario que se instalen en las zonas donde mas se presenten delitos de alto impacto, en especial homicidios, dispositivos tecnológicos que detecten el sonido de los disparos con arma de fuego y den aviso inmediato a la Policía.
sábado, 20 de abril de 2013
ARTICULO SOBRE EL HURTO DE MOTOCICLETAS
A continuación un artículo de la revista Publimotos con cifras sobre el hurto de motocicletas en las diferentes ciudades. En Medellin se debería crear un cuerpo especializado de la Policia para combatir el hurto de motocicletas tal y como se hizo en Cali o en Bogota para combatir el fleteo.
Ver:
PLAN PARA FRENAR ROBO DE MOTOS EN CALI
http://www.radiored.com.co/plan-para-frenar-robo-de-motos-en-cali/
CREAN ESCUADRON ELITE (en Bogota) PARA COMBATIR "FLETEO"
http://diarioadn.co/bogot%C3%A1/mi-ciudad/polic%C3%ADa-especial-para-combatir-fleteo-1.19718
Ver:
PLAN PARA FRENAR ROBO DE MOTOS EN CALI
http://www.radiored.com.co/plan-para-frenar-robo-de-motos-en-cali/
CREAN ESCUADRON ELITE (en Bogota) PARA COMBATIR "FLETEO"
http://diarioadn.co/bogot%C3%A1/mi-ciudad/polic%C3%ADa-especial-para-combatir-fleteo-1.19718
lunes, 15 de abril de 2013
CIFRAS MEDICINA LEGAL
Respuesta a derecho de petición enviado a Medicina Legal sobre el comportamiento de muertes violentas. Se puede observar como:
En Enero de 2013 se presentaron 130 muertes violentas mientras que en Enero de 2012 hubo 117 para un incremento de 11.11%* de acuerdo con este informe.
En Febrero de 2013 se presentaron 141 muertes violentas mientras que en Enero de 2012 hubo 134 para un incremento de 5.22% de acuerdo con este informe.
En Enero de 2013 se presentaron 130 muertes violentas mientras que en Enero de 2012 hubo 117 para un incremento de 11.11%* de acuerdo con este informe.
En Febrero de 2013 se presentaron 141 muertes violentas mientras que en Enero de 2012 hubo 134 para un incremento de 5.22% de acuerdo con este informe.
*Fórmula en Excel empleada para calcular los porcentajes
=((año 1 – año 0)/año 0)*100
¿RESTRICCION O MOTIVACION?
LA RESTRICCION AL PARRILLERO HOMBRE INCENTIVA LOS DELITOS DE ALTO IMPACTO
Por: Mauricio Flórez
Derecho UdeA
mauriciocorreo@yahoo.es
Parece paradójico afirmar que una medida pensada para reducir los delitos de alto impacto, a saber: homicidios, hurto a personas, hurto de motos y hurto de carros, precisamente tenga el efecto contrario contribuyendo de manera absoluta a su incremento.
En el libro Principios de Economía de Gregory Mankiw este autor hablade 10 principios de la economía. El cuarto principio dice: Los individuos responden a los incentivos. Al respecto dice:
Como los individuos toman las decisiones comparando los costes y los beneficios, su conducta puede cambiar cuando cambian los costes o los beneficios. Es decir,los individuos responden a los incentivos.
…
El papel fundamental que desempeñan losincentivos en la determinación de la conducta es importante para las medidas que han de tomar los poderes públicos. Estas suelen alterar los costes o los beneficios de las acciones privadas. Cuando los poderes públicos no tienen en cuenta la forma en que podrían cambiar la conducta como consecuencia, sus medidas pueden producir unos efectos que no pretendían.
...
...las decisiones de los poderes públicos a veces tienen unas consecuencias que no son evidentes de antemano. Cuando se analiza una medida cualquiera, hay que considerar no sólo los efectos directos, sino también los indirectos que actúan a través de los incentivos. Si la medida altera los incentivos, llevará a los individuos a cambiar de conducta.
Teniendo en cuenta lo anterior se puede entonces explicar por qué la restricción al parrillero hombre que se estableció en Medellín desde el 30 de noviembre de 2012 y que se extenderá hasta el 31 de julio de 2013 ha hecho que en enero de 2013 con respecto a enero de 2012 los homicidios aumentaran 31.88%, el hurto apersonas 21.52%, el hurto de carros 3.26% y el hurto de motos 8.31%.
Aplicando una lógica de coquito y, teniendo en cuenta el principio delos incentivos, cuando un delincuente sabe que, y debido a la restricción de acompañante o “parrillero” hombre, es más fácil hurtarle la motocicleta a un hombre solo que la va conduciendo que a dos, habrá un mayor incentivo para cometer este tipo de delitos. En cuanto a los homicidios, los delincuentes tendrán más incentivo para aprender a disparar un arma de fuego mientras van conduciendo una motocicleta solos. En cuanto al hurto de carros, los delincuentes rápidamente aprenderán que es más efectivo que vayan dos personas,cada una en una motocicleta diferente, para cometer el ilícito pues de esta manera intimidaran mucho más al hacerse cada uno a lado y lado del vehículo además de que en la huida partirán por caminos distintos haciendo más difícil su ubicación y captura por parte de las autoridades. Lo mismo ocurre con el hurto a personas.
Así que ojala más pronto que tarde la administración municipal y el comandante de la Policía Metropolitana José Ángel Mendoza se den cuenta de que se están haciendo el harakiri con este tipo de medidas pues entre más las impongan más las cifras y las estadísticas se pondrán en su contra.
FUENTES:
MANKIW. Gregory. Principios de economía. Pag 7. Libro
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